COMO ELEJIR EL REGIMEN TRIBUTARIO

Si tu empresa, no está asociada a una actividad agrícola, minera, de transporte o, no es corporación o Fundación, entonces actualmente existen 3 tipos de Regímenes Tributarios al que puedes asociar a tu empresa. 

De lo 3 Regímenes, uno está orientado a los grandes contribuyentes, cuya composición societaria son en general, personas jurídicas y/o de tipo holding de empresas.  Los otros dos regímenes están orientados a las micro, pequeñas y medianas empresas, es decir, orientado a los emprendedores. 

En la presente ficha, hablaré de los 2 Regímenes orientados a los Emprendedores.

Los dos Regímenes tributarios orientados a los emprendedores o, más bien dicho a las micro, pequeñas y medianas empresas son: 

  • Propyme General (14 D N°3) 
  • Propyme Transparente (14 D N°8) 

Si quieres saber más de cada régimen tributario, sus carácterizticas y reglas para estar en cada uno de ellos, lo puedes revisar en la misma página del Sii en el siguiente enlace:

https://www.sii.cl/destacados/modernizacion/tipos_regimenes_mt.html

¿Cuáles son las condiciones para acogerse a éstos 2 Regímenes de Tributación?

Las condiciones principales, entre otras, para poder acogerse a estos Regímenes Tributarios son las siguientes: 

  • Ventas anuales no superiores a 75.000 UF 
  • Capital efectivo inferior a 85.000 UF 
  • Estar compuesto por Personas Naturales  

¿Cuáles son sus principales Características?

Dentro de las características más relevantes son las siguientes: 

  • No aplica la Corrección Monetaria, lo que facilita la tributación 
  • Todas las existencias e insumos que le quedan a la empresa al 31 de diciembre de cada año se reconocen como gasto, siempre que estén pagadas. 
  • La Base Imponible queda afecta a tributación anual, se determina en base a los ingresos percibidos en el año y a los egresos pagados en el año. 
  • La depreciación del Activo fijo es instantánea, o sea, se reconoce en el mismo año de compra del activo fijo. 
  • La tasa del PPM (Pago provisional Mensual) parte de un 0,25% y en algunos casos dependiendo de las ventas, puede ser del 0,125%. 

¿Qué los Diferencia?

#  PROPYME GENERAL  PROPYME

TRANSPARENTE 

1  CONTABILIDAD 
Completa o, 

Simplificada 

Simplificada: 

Libro de Caja: ingresos (-) egresos 

2  TRIBUTACIÓN EMPRESA 
Tasa de IDPC: 25%  

(excepciones por Ley) 

Años 2020; 2021;2022 y 2023: 10% 

Año 2024:12,5% 

Año 2025: 25%  

 

 

TASA: 0% 

 

La tributación grava al dueño o socios de la empresa, con IGC, con tasa que va del 4% al 40% 

https://www.sii.cl/valores_y_fechas/renta/2023/personas_naturales.html 

3  TRIBUTACIÓN DUEÑO O SOCIO(S) DE LA EMPRESA 

Anualmente, en la Declaración de Renta Anual, Se gravarán con el Impuesto Global Complementario (IGC) cuya tasa va del 4% al 40% 

 
  • Tributará(n) con IGC, por los Retiros de las utilidades de su empresa y por otros ingresos que hayan obtenido dentro del año (sean sueldos, honorarios, inversiones, rentabilidad, etc.) 

 

  • El Impuesto de Primera Categoría (IDPC) que haya pagado su empresa por las utilidades obtenidas, será un Crédito contra su Impuesto a la Renta Anual. 

Tributará(n) con IGC, por la utilidad que haya obtenido su empresa dentro del año y por otros ingresos que hayan obtenido dentro del mismo año (sueldos, honorarios, etc.) 

 

  • Al no pagar IDPC, tiene $0 crédito contra su impuesto a la Renta Anual.  

 

 

Entonces, ¿Cómo elegir el Régimen Tributario?

Depende, de la visión y proyección de tu negocio y de la carga tributaria que tenga el dueño o socios de tu empresa.

para ello, te dejo algunos Factores a considerar:

  • Proyección de la empresa 
  • Volumen de Venta anual 
  • Utilidad Anual 
  • Conformación Tributaria del dueño o socio(s) 
  • Si base afecta supera el 5to tramo del IGC, es recomendable el Régimen Tributario Propyme General. 
  • Si base afecta no supera el 4to tramo del IGC, y el volumen de venta anual empresa y su utilidad en su primer(os) año(s) es baja, se sugiere el Propyme Transparente. (*) 
  • Imagen empresarial – Expansión y Financiamiento 

Sugiere Régimen Tributario Propyme General con contabilidad completa 

  • Acorde a la proyección futura de la empresa, en cuanto a las ventas anuales, líneas de negocio que se creen; presencia y reconocimiento. 
  • Expansión en sucursales, en Activos Fijos (maquinas, muebles, vehículos, inmuebles, etc.) 
  • Acceso a Financiamiento Bancos (mejores tasas en créditos). 

(*) Nota: Una vez seleccionado el Régimen, la empresa puede optar por cambiar de régimen entre enero y el 30 de abril del año siguiente. 

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